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11 de septiembre de 2009 | Guillermo Pedreira

Botellón andaluz, “reservado el derecho de admisión”

El tan controvertido y discutido “botellón”, nuevamente, ha vuelto a saltar a la palestra, tras los lamentables sucesos ocurridos en Pozuelo (Madrid), en los cuales, cientos de jóvenes atacaron a la Policía. Esta fue atacada tras intervenir en una pelea entre varios participantes. Los cuales no tuvieron otra ocurrencia que descargar su ira contra los agentes. Añadiéndose a la trifulca gran número de personas que estaban participando en el “botellón”

En Andalucía se publicó una norma sobre el respecto en octubre del 2006. En ella se trataba de regular este fenómeno de tan reciente aparición. Aplicando medidas encaminadas a eludir ruidos, suciedad y un abusivo consumo de alcohol. Dejando la responsabilidad final a los ayuntamientos para su desarrollo y control.

Dejando a un lado el debate de la conveniencia o no de esta forma de “ocio”, el cual sería muy conveniente que se diera. Vamos a puntualizar unos cuantos extremos que muchos desconocen o dicen desconocer.

En el botellón, a diferencia de la mayoría de los locales que exhiben la plaquita de “se reserva el derecho de admisión”, sí que existe el derecho de admisión. Ya que se ha prohibido el consumo de bebidas alcohólicas, en la vía pública, a los menores de dieciocho años. Considerándolo una falta leve que podría sancionarse con una multa de hasta 300 euros. Pudiendo llevar aparejada la “incautación de los instrumentos y efectos utilizados para la comisión de la infracción”. Vamos, que te quiten la bebida.

Independientemente de esta prohibición, que sólo atañe a los menores. También está prohibido el dejar tirados los restos de bebidas y/o botellas y realizar las necesidades fisiológicas en plena calle. Que estaría sancionados con las mismas multas que hemos mencionado más arriba. Aunque, como todos podemos observar, no es algo que se controle en demasía y que no vendría nada mal que se hiciera.

En definitiva, que como todo en esta vida, hacer las cosas con un poco de sentido común facilitaría las cosas a todos.

Normativa: Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía.

 

Comentarios

keko
12-09-2009 20:01:46
Pues yo soy menor y me voy de botellón.
 
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