El Ayuntamiento de Priego de Córdoba se ha acogido al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía mediante el Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía, publicado en el BOJA numero 113, de 13 de junio de 2014 y prorrogado para el año 2015 mediante Orden de 20 de marzo de 2015 (BOJA número 59 de fecha 26 de marzo de 2015) y corrección de errores en BOJA número 64 de fecha 6 de abril de 2015)
Para el desarrollo de este Programa de Ayuda a la Contratación de personas en situación de desempleo, la Junta de Andalucía ha realizado una asignación inicial a este Ayuntamiento por cuantía de 92.564 € para la contratación laboral de aquellas personas que, cumpliendo los requisitos previstos en la citada norma, hayan sido previamente seleccionados para un contrato por una duración determinada entre quince días y tres meses y para el desarrollo de actividades de especial interés para la comunidad.
Para poder llevar a efecto la aplicación de esta medida recogida en el Decreto-Ley, se efectúa la siguiente convocatoria pública para la presentación de solicitudes y proceder a la selección de los beneficiarios del Programa, conforme a los requisitos establecidos para las personas destinatarias en el artículo 8 del citado Decreto Ley.
PERSONAS DESTINATARIAS. REQUISITOS:
Personas en edad laboral que reúnan los requisitos siguientes:
Encontrarse en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no haber trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.
Que todos los miembros de la unidad familiar tengan residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía y estén empadronados en el mismo domicilio desde al menos un año antes de la presentación de la solicitud, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y la speronas andaluzas retornadas.
Que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas de la unidad familiar sea:
Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para unidades familiares de una sola persona.
Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas.
Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas.
Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas.
Se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en este artículo.
CRITERIOS DE PRIORIDAD EN LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS:
Conforme a lo previsto en el artículo 9 del Decreto- Ley, tendrán prioridad para la adjudicación aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud.
b)Que la persona solicitante o alguna de las que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.
c)Que alguna de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia.
d)Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un/a hijo/a a cargo.
e)Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.
f) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.
g) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos menores a cargo.
h) Que la persona solicitante sea residente en una Zona con Necesidades de
Transformación Social
i)Que la persona solicitante sea mujer.
j)Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años.
Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo nivel de prelación, se procederá a priorizar aquéllas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de prelación y a igualdad de número de circunstancias se considerará la intensidad y duración de las condiciones referidas.
SOLICITUD:
Para poder acogerse al programa es preceptivo presentar la solicitud, en el modelo oficial que se recoge en el Anexo I del Decreto Ley 8/2014, de 10 de junio, disponible en formato autorrellenable en la Página Web de la Consejería de Salud y Bienestar Social, en la Página Web del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, así como en soporte papel en la Oficina de Información Municipal, solicitud a la que se acompañará la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD PARA ACOGERSE A
LA CONTRATACIÓN FINANCIADA CON CARGO A ESTE PROGRAMA.
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), o en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (N.I.E.) de la persona solicitante.
En el supuesto de matrimonio Libro de Familia. En su caso Documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.
En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho que corresponda o acreditación suficiente por otros medios de su relación de convivencia.
Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas de la unidad familiar se encuentran empadronadas en un mismo domicilio desde al menos un año antes a la fecha de formular la solicitud.
Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.
Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante figura como demandante de empleo inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al Programa.
Informe de vida laboral de la persona solicitante en el que se refleje el año anterior a la solicitud. (Este informe se denomina “Informe de Vida Laboral Acotado”)
Así mismo, en el supuesto que concurran algunas de las circunstancias que le darían derecho a tener prioridad para la adjudicación de las contrataciones, deberán ser acreditadas con los siguientes documentos:
Informe de vida laboral de cada una de las personas componentes de la unidad familiar para el caso de que hayan trabajado algún período de tiempo durante el año anterior a la solicitud.
Titulo de familia numerosa. Certificado de discapacidad o situación de dependencia.
Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género.
Documentación necesaria para la emisión del Informe Social por parte de los
Servicios Sociales Comunitarios (SOLAMENTE SE TENDRÁ EN CUENTA LA
DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, EN PLAZO, JUNTO A LA SOLICITUD):
Acreditación de los ingresos económicos actuales de todos los miembros de la unidad familiar ( nóminas, certificación de pensiones, prestaciones del INEM, ...)
Acreditación documental de las deudas de la unidad familiar:
Relacionadas con la vivienda ( hipoteca, deudas de alquiler, suministros básicos: luz, agua, etc...)
Deudas de Seguridad Social
Embargos de bienes muebles o inmuebles.
Otras...
PROCEDIMIENTO PARA LA SUBSANACIÓN DE DOCUMENTACIÓN:
Aquellas solicitudes que requieran subsanación de documentación les será requerida a través de publicación en los tablones de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, así como en su web (www.aytopriegodecordoba.es ), según el plazo legalmente establecido.
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
El plazo de presentación de solicitudes en el modelo oficial (anexo I del DL 8/2014) será desde el 1 al 31 de julio de 2015 (ambos inclusive), a presentar en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, en la Oficina de Información Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, sita en Plaza de La Constitución, nº 3, sin perjuicio que puedan presentarse conforme a lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
TIPOLOGÍA Y DURACIÓN DE LOS CONTRATOS:
Los contratos se realizarán conforme a la normativa laboral vigente y tendrán una duración determinada de entre quince días y tres meses. La financiación de cada contrato incluido en el programa no superará, incluyendo las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social, los 1.070 euros en cómputo mensual, o su equivalente proporcional en caso de contratos de diferente duración, dentro de su duración mínima (quince días) y máxima (tres meses).
Los contratos se realizarán mediante la modalidad de contrato por obra o servicio determinado, acogido al Programa de Ayuda a la Contratación de la Junta de Andalucía.
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