El Ayuntamiento de Priego edita un bando para regular la matanza domiciliaria de cerdos
Dado que se aproximan las fechas en que comienza la tradicional práctica de la matanza domiciliaria de cerdos para consumo familiar, desde Alcaldía se pone en conocimiento de los ciudadanos, que la campaña de sacrificio de cerdos 2009/2010 para consumo familiar, se desarrollará en el Municipio de Priego de Córdoba dentro del periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2009 y el 31 de enero de 2010.
Los propietarios de cerdos que deseen realizar su sacrificio para consumo familiar, deberán cumplimentar obligatoriamente la solicitud de matanza 3 días antes de realizar el sacrificio, para lo que podrán dirigirse a la Oficina Local Agraria, sita en Avda. Niceto Alcalá-Zamora s/n, junto al recinto ferial.
Durante los meses de noviembre y diciembre, el horario de apertura de la oficina será de 9:00 a 13:00 horas, durante toda la semana incluyendo festivos, y exceptuando los días 25 de diciembre y 1 de enero. Asimismo, durante el mes de enero, el horario será de 9:00 a 11:00 horas, pudiendo igualmente llamar al teléfono de contacto: 957 559 615. En las aldeas, las personas interesadas se dirigirán a los Alcaldes de Barrio, quienes entregarán las solicitudes de autorización para las matanzas en su zona.
En la Oficina Local Agraria se realizará el examen triquinoscópico y el abono al veterinario autorizado de las tasas establecidas por cada animal sacrificado, las cuales ascienden a la cantidad de 12 euros, quedando prohibido realizar dicho examen en clínicas privadas o por veterinarios particulares.
Los productos obtenidos de los animales sacrificados, se destinarán exclusivamente al consumo familiar, quedando prohibida la venta de los mismos ya sean frescos, cocidos o curados.
Así mismo, queda prohibido destinar las canales, jamones, paletillas, despiece, embutidos y vísceras de estos animales, tanto en fresco, como cocidos o curados, al abastecimiento de carnicerías ni a otros establecimientos de venta directa o indirecta al público.
En todo caso será de obligado cumplimiento lo preceptuado en la Resolución 83/90 de la Consejería de Salud de 20 de Noviembre de 1990 (BOJA nº 98 de 27 de Noviembre) sobre reconocimiento de cerdos sacrificados para consumo familiar.

Las infracciones a lo dispuesto en la citada Resolución serán sancionadas conforme a lo previsto en el Real Decreto 1945/83 de 22 de Junio.

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